Modificaciones en cuanto al Plan Anual de Compras (PAC) dado por las Ley de Presupuesto.-
Interpretación del Texto Vigente Puntos Clave de la normativa actual: 1. Obligación Base (Inalterada): Los organismos estatales (salvo Gobiernos Departamentales) deben planificar sus compras del año siguiente y publicar dicho Plan Anual de Contratación (PAC) en el sitio de la ARCE antes del 31 de diciembre. 2. Vinculación: Si una compra es competitiva (Licitación, Compra Directa Competitiva, etc.), debe estar en el plan para poder realizarse. 3. Flexibilidad en Modificaciones (El gran cambio): Se permite modificar el plan durante el año (agregar compras o cambiar descripciones/fechas). La condición es que dicha modificación se cargue en el sistema al menos 30 días corridos antes de publicar el llamado. Se elimina la distinción compleja entre licitaciones públicas y abreviadas. 4. Nuevas Excepciones (Novedad): La norma reconoce que no todo se puede planificar. Exime de estar en el plan a: o Eventos contingentes (imprevistos/emergencias). o Compras secretas (Art. 33 lit. D num. 2 TOC...