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¿Deudas viejas con el BPS? Fallo del TCA prohíbe descontar de la jubilación aportes ya prescritos.-

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¿Te exige el BPS firmar una "renuncia a la prescripción" para poder jubilarte por tu unipersonal? Una reciente y trascendental sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) pone fin a esta práctica abusiva y declara ilegales los descuentos en los haberes de los pasivos. ¡Se hizo justicia! Compartimos con gran entusiasmo un logro jurídico de enorme relevancia para miles de trabajadores independientes, unipersonales y futuros jubilados en Uruguay. El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), mediante la Sentencia N.º 257 del 26 de marzo de 2026 (bajo la redacción de la Ministra Dra. Rosina Rossi), anuló una resolución del Banco de Previsión Social (BPS) que obligaba a una jubilada a pagar deudas de seguridad social que ya estaban legalmente extinguidas por prescripción. Este fallo marca un antes y un después en la defensa de los derechos de los pasivos frente a las exigencias ilegítimas del organismo previsional. El caso: "Firmar bajo protesta...

Una Historia del pasado que forjó el presente.

En el año 2002 desatando las amarras de mi origen inicié el viaje hacia la Universidad de la República, habitando las aulas de la Facultad de Derecho. Tras un largo y sagrado esfuerzo, logré coronar los estudios para florecer como Doctor en Derecho y Ciencias Sociales.Mis manos rozaron el alfabeto por primera vez en la Escuela 17 de Puntas de Corrales, allá en la Cuarta Sección del departamento de Rivera. Recuerdo al fiel petiso que cada mañana, con paso manso y seguro, me conducía hacia los primeros relámpagos del conocimiento. Aquella infancia rural fue la primera estación de un destino que ya andaba buscando su rumbo.Luego, por los vaivenes azarosos de la vida, el destino mudó mis pasos. Cursé la mitad del quinto año y el sexto en la Escuela 128 de la ciudad de Rivera. Mi familia, como tantas familias de la tierra, tuvo que emigrar hacia el asfalto, buscando la promesa de un pan más seguro y horizontes más anchos.Al clausurar la escuela, el llamado de las aulas me llevó al Liceo Nº ...

Modificaciones en cuanto al Plan Anual de Compras (PAC) dado por las Ley de Presupuesto.-

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Interpretación del Texto Vigente Puntos Clave de la normativa actual: 1. Obligación Base (Inalterada): Los organismos estatales (salvo Gobiernos Departamentales) deben planificar sus compras del año siguiente y publicar dicho Plan Anual de Contratación (PAC) en el sitio de la ARCE antes del 31 de diciembre. 2. Vinculación: Si una compra es competitiva (Licitación, Compra Directa Competitiva, etc.), debe estar en el plan para poder realizarse. 3. Flexibilidad en Modificaciones (El gran cambio): Se permite modificar el plan durante el año (agregar compras o cambiar descripciones/fechas). La condición es que dicha modificación se cargue en el sistema al menos 30 días corridos antes de publicar el llamado. Se elimina la distinción compleja entre licitaciones públicas y abreviadas. 4. Nuevas Excepciones (Novedad): La norma reconoce que no todo se puede planificar. Exime de estar en el plan a: o Eventos contingentes (imprevistos/emergencias). o Compras secretas (Art. 33 lit. D num. 2 TOC...

Algunas modificaciones en los procedimientos de Contratación Pública en la Ley de Presupuesto 2025.

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Se introduce un cambio sustancial en el Art. 33 del TOCAF en la selección del procedimiento de contratación. Aunque se mantiene la licitación pública y los procedimientos competitivos como regla general, se establece un requisito de procedibilidad previo: • Obligación de Consulta: Antes de iniciar un procedimiento competitivo, la Administración (salvo los Gobiernos Departamentales) debe verificar si existe un Convenio Marco, un Sistema Dinámico de Adquisición o una nómina de proveedores vigente para el bien o servicio requerido. • Obligatoriedad: De existir alguno de estos instrumentos, la Administración debe adquirir a través de ellos. • Excepciones: Se podrá optar por otro procedimiento competitivo solo si se acredita administrativamente alguno de los siguientes extremos: 1. El proveedor del convenio no puede abastecer la demanda. 2. El producto tiene características técnicas distintas a las requeridas por el organismo. 3. Existen proveedores fuera del convenio que ofrecen un p...

¿Cómo inscribo una línea telefónica en el Registro No llame?

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El registro se realiza directamente ante el operador de la línea telefónica (Antel, Claro o Movistar). Para regitrar una línea telefónica de: Antel Elegir una de las siguientes opciones según sea una línea telefónica fija o móvil: llamar al 0800 1622 desde el teléfono fijo que querés solicitar el alta o baja en el registro No Llame. llamar al *6622 desde el teléfono móvil que querés solicitar el alta o baja en el Registro No Llame. enviar un SMS al 6622, con la palabra “Alta” para ser incluido en el registro No Llame o “Baja” para darse de baja de dicho registro, y el número de tu cédula de identidad (con todos sus dígitos, sin puntos ni guiones) Mi Antel (web y app); o concurrir personalmente a cualquiera de las oficinas comerciales de Antel en todo el país. Claro Elegir una de las siguientes opciones: enviar un SMS al 6622, con la palabra “Alta” para ser incluido en el registro No Llame o “Baja” para darse de baja de dicho registro; o concurrir personalmente a cualquiera de las...

Prescripción de las sanciones por infracciones de tránsito

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La Ley 19.824 actualiza la normativa vigente en materia de tránsito y seguridad vial y en su Art. 33 establece que “Las sanciones por infracciones de tránsito prescriben a los cinco años contados desde el momento en que se cometió la infracción”. Para toda persona que tenga sanciones por infracción de tránsito se regla que se prescribirán a los 5 años contados desde el momento en que se cometió la referida infracción. Para ellos deberá presentar una petición calificada ante la el órgano correspondiente con firma letrada identificando la multa que desea prescribir, informando que a la fecha no hay acuerdo de pago.- Fundando la solicitud en el referido Artículo 33 de la Ley 19.824.-

La motivación del acto administrativo

  La motivación del acto administrativo es la expresión concreta de la causa o motivo del mismo , es decir, la manifestación de las razones de hecho y de derecho que lo fundamentan.           GARCÍA DE ENTRERRÍA ha expresado que "Motivar un acto administrativo es reconducir la decisión que en el mismo se contiene a una regla de derecho que autoriza tal decisión o de cuya aplicación surge. Por ello, motivar un acto obliga a fijar, en primer término, los hechos de cuya consideración se parte y a incluir tales hechos en el supuesto de una norma jurídica; y en segundo lugar, a razonar cómo tal norma jurídica impone la resolución que se adopta en la parte dispositiva del acto". La importancia y el sentido de la motivación del acto ha sido señalada por la doctrina más prestigiosa. Entre ellos, SAYAGUÉS LASO señala que la motivación constituye, además de un justificativo de la acción administrativa, un medio para permitir el contralor juris...