Que función cumple la Dirección Nacional de Trabajo (DINATRA)
La Dirección Nacional de Trabajo (DINATRA) es responsable del
desarrollo, coordinación y ejecución de planes y programas, en materia
de salarios y relaciones laborales, a ser cumplidas en todo el
territorio nacional.
Mediante la negociación, conciliación y prevención de los conflictos colectivos e individuales, así como el asesoramiento en materia salarial y laboral, se plantea el objetivo de asegurar la justicia y la paz social.
Procura el desarrollo armónico de las relaciones laborales a través de la negociación, conciliación y prevención de los conflictos colectivos e individuales, así como el asesoramiento en materia salarial y laboral. Promueve un marco legal e institucional que garantiza la participación de todos los trabajadores y empleadores, con el fin de obtener acuerdos laborales con criterios equitativos y orientados hacia el desarrollo productivo y social. A través de convocatorias, instalación y funcionamiento de los Consejos de Salarios, se garantiza esta participación en la determinación de las condiciones de trabajo y la fijación de salarios.
Mediante la negociación, conciliación y prevención de los conflictos colectivos e individuales, así como el asesoramiento en materia salarial y laboral, se plantea el objetivo de asegurar la justicia y la paz social.
Procura el desarrollo armónico de las relaciones laborales a través de la negociación, conciliación y prevención de los conflictos colectivos e individuales, así como el asesoramiento en materia salarial y laboral. Promueve un marco legal e institucional que garantiza la participación de todos los trabajadores y empleadores, con el fin de obtener acuerdos laborales con criterios equitativos y orientados hacia el desarrollo productivo y social. A través de convocatorias, instalación y funcionamiento de los Consejos de Salarios, se garantiza esta participación en la determinación de las condiciones de trabajo y la fijación de salarios.
Fuente:
http://archivos.mtss.gub.uy/index.php?option=com_content&view=article&id=2819&Itemid=480
Comentarios