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Mostrando entradas de febrero, 2016

NUEVA APLICACION MOVIL DEL PODER JUDICIAL

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La Suprema Corte de Justicia tiene el agrado de comunicarle que se encuentra disponible para descargar la nueva aplicación para dispositivos móviles del Poder Judicial. La novedosa herramienta, disponible gratuitamente para sistemas iOS y Android, permite consultar los trámites online y recibir alertas personalizadas sobre los movimientos del mismo al seleccionar la opción "seguir expediente" . Los usuarios recibirán alertas personalizadas gratuitas de los movimientos de su trámite hasta la jornada anterior. La aplicación podrá descargarse desde las tiendas en línea de ambas plataformas.  Descargar la aplicación para iOS desde AppStore https://itunes.apple.com/uy/app/consulta-de-expedientes/id1078652854?l=es&mt=8 Descargar la aplicación para Android desde Google Play https://play.google.com/store/apps/details?id=uy.gub.poderjudicial.consultaspj  Fuente: http://comunicaciones.poderjudicial.gub.uy/mail/src/webmail.php

Prof. Cristina Vazquez "Nunca lo político puede estar por encima de lo jurídico"

http://www.espectador.tv/videos/la-manana-de-el-espectador/331449/derecho-administrativo/vazquez-nunca-lo-politico-puede-estar-por-encima-de-lo-juridico/video-completo Cristina Vázquez  es abogada, directora del equipo de derecho administrativo y regulatorio del estudio Ferrer, directora del Máster de Derecho Administrativo y Económico de la Universidad de Montevideo y recientemente asignada como docente Grado cinco de la Universidad de la República, máximo grado alcanzado por una mujer en Uruguay en el  área de derecho público . La doctora Vázquez dijo que es "inalcanzable que lo político esté por encima de lo jurídico" . A su vez, contó que en sus muchos años trabajando para el Estado (incluso en épocas de dictadura) varios jerarcas de diferentes ideologías y partidos intentaron que firmara algo ilegal . "No se puede hacer y menos yo que enseño de derecho administrativo" , agregó. También dijo que cuando la política está escrita es derecho y, por lo tant

Descuento en el ejercicio del derecho de huelga

FALTA DE PAGO POR PARTE DE LOS EMPLEADORES DE INCENTIVOS, PREMIOS, ASIDUIDAD Y/O BENEFICIOS O RUBROS LABORALES DE CUALQUIER TIPO SE REPUTA NULO Y VIOLATORIO DEL DERECHO A LA ACTIVIDAD SINDICAL Determinación del descuento en los casos de ausencia en el ejercicio del derecho de huelga en cualquiera de sus formas.   Ley 19051  Artículo 1  Todo descuento de la prima por presentismo o de otras partidas de naturaleza salarial vinculadas a la asistencia del trabajador a su lugar de trabajo, deberá efectuarse de manera proporcional al tiempo de ausencia que se registrare cuando tal ausencia tuviere por causa el ejercicio del derecho de huelga en cualquiera de sus modalidades. Artículo 2  Aquellos empleadores que procedan a efectuar deducciones al salario en contravención con lo dispuesto en el artículo anterior serán susceptibles de ser sancionados por la Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Soc